Santo Domingo, 7 ene (EFE).- El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió el recurso de amparo interpuesto por el Grupo de Medios Panorama y ordenó a la Superintendencia de Pensiones (Sipen) entregar la información solicitada sobre las cuentas de capitalización individual inactivas regenteadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
En un comunicado, el TSA precisó que mediante una sentencia emitida el 8 de diciembre pasado rechazó la solicitud de la Sipen que procuraba la inadmisibilidad del recurso, al considerar que la acción presentada por Panorama es «notoriamente procedente», al tratarse del ejercicio legítimo del derecho fundamental de acceso a la información pública.
El tribunal explicó en la nota que fundamentó su decisión en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, los cuales establecen la tutela judicial efectiva de los derechos fundamentales y los principios que rigen las acciones constitucionales.
Asimismo, el TSA declaró regular y válida en cuanto a la forma la acción de hábeas data interpuesta por Panorama, al comprobar que fue incoada conforme a las disposiciones legales vigentes.
En ese sentido, ordenó a la SIPEN suministrar la información requerida, en apego a los principios de transparencia, legalidad y rendición de cuentas.
El medio de comunicación solicitó datos estadísticos, generales y desagregados que permitan identificar el volumen, estatus y comportamiento de las cuentas inactivas del sistema de pensiones, amparándose en la Ley de Libre Acceso a la Información Pública, al tratarse de información de alto interés social, económico y fiscal.
Sin embargo, la Sipen alegó que parte de la información solicitada estaría protegida por el régimen de datos personales.
El Grupo Panorama sostuvo, y así lo acogió el tribunal, que el requerimiento no incluye datos sensibles ni información individualizada de afiliados, sino cifras globales que permiten evaluar la gestión, supervisión y transparencia del sistema previsional dominicano.